¡Hola a tod@s!

Una semana más os traemos un nuevo post. En esta ocasión vamos a hablar del Derecho de desistimiento, de su importancia y de algunos consejos prácticos para ejercitarlo.

Inicialmente, debemos destacar que el Derecho de desistimiento es un derecho relativamente nuevo, que tiene como objetivo la protección de los consumidores sobre todo y especialmente en el ámbito online.

Desde hace algunos años, los consumidores hemos cambiado nuestra forma de adquirir productos, utilizando cada vez más las fórmulas a distancia a través de internet, por sus facilidades en las formas de comprar y la competitividad de sus precios. No obstante, la compra online o a distancia supone una clara desventaja con respecto a la compra de productos en tiendas físicas, puesto que en el comercio online no se pueden ver físicamente los productos, sus características y su calidad entre otras cosas. Teniendo en cuenta esta situación, nuestro ordenamiento jurídico necesitó adecuar nuestra normativa de consumidores y usuarios para protegerlos de esta desventaja, dotándoles de la posibilidad de devolver los productos en el caso en el que estos no cumplan con sus expectativas. Y esta protección se concretó en la creación del Derecho de desistimiento.

El Derecho de desistimiento actualmente está configurado como un derecho que faculta al consumidor para dejar sin efecto el contrato de compraventa celebrado con el vendedor, dentro de un plazo de tiempo determinado, 14 días, y sin que se precise una justificación para ello. No obstante de lo anterior, el Derecho de desistimiento tiene algunos límites, y, por ejemplo, no podría ejercitarse este derecho en casos de productos personalizados, de servicios ya finalizados o por cuestiones de higiene.

El Derecho de desistimiento puede ejercitarse como decíamos anteriormente, durante los 14 días siguientes a la recepción del producto. El vendedor viene obligado a informar al consumidor en el momento de la compraventa sobre el Derecho de desistimiento, su forma de ejercicio y su plazo.

Es importante indicar que el Derecho de desistimiento no precisa de una forma concreta para ser ejercitado, pero sí es recomendable hacerlo por escrito para evitar posibles problemas futuros con el vendedor que pueda poner inconvenientes al ejercicio de este derecho.

Una de las cuestiones claves de este derecho es que su ejercicio no puede suponer costes para el consumidor. No obstante, debemos hacer una matización, debido a que el comprador si deberá hacerse cargo de los posibles daños que presente el producto por su acción y así mismo, deberá hacerse cargo de aquellos costes correspondientes al envío que no eran a costa del vendedor.

Otra de las cuestiones que más dudas suscita, es la relativa a la devolución del dinero tras ejercitar el Derecho de desistimiento. Debemos indicar que nuestro ordenamiento jurídico es muy preciso en lo relativo a esta cuestión e indica que el vendedor deberá devolver el dinero sin demoras y en todo caso en el plazo máximo de 14 días.

Uno de los supuestos que más problemática suscita dentro del ejercicio del Derecho de desistimiento no es otro que el ejercicio de este derecho cuando la compraventa ha sido financiada. Dada la frecuencia del uso de financiación en muchas de las compraventas realizadas a distancia, nuestra normativa quiso anticiparse a los posibles problemas que pudieran surgir al respecto e indicó que en estos supuestos además de quedar resuelto el contrato de compraventa, quedará resuelto el contrato de crédito sin que dicha resolución anticipada pueda suponer ningún tipo de penalización para el consumidor.

Para finalizar, nos gustaría recalcar la suma importancia que presenta el Derecho de desistimiento. Como hemos observado a través de estas pequeñas líneas, es una garantía para el consumidor, que evita que tenga que quedarse con un producto que no cumpla con sus expectativas o que no cumpla con las características indicadas por el vendedor en la plataforma online donde lo pone a disposición del consumidor. Debéis ser precavidos a la hora de ejercitar este derecho, hacedlo siempre por escrito, de forma que se pueda probar sin género de dudas que se comunicó correctamente al vendedor dentro del plazo legal establecido.

Os dejamos algunos enlaces de interés:

https://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-20555-consolidado.pdf

Esto es todo por hoy, y recordad si tenéis alguna duda o queréis contactar con la firma podéis hacerlo a través del formulario de contacto de nuestra web www.rmlegal.es, en el 974028876 y 687268965 y en el correo electrónico info@rmlegal.es

¡Saludos!