Hola a tod@s! 

Una semana más os traemos un nuevo post. En esta ocasión vamos a hablar sobre el canje de permisos de conducir en España.

En primer lugar, nos gustaría disculparnos por haber faltado a varias de nuestras citas con este blog. Estos últimos meses hemos tenido mucho trabajo, y no nos ha sido posible sacar el tiempo necesario para realizar los posts. No obstante, tras unas merecidas vacaciones volvemos con las pilas cargadas y con muchas ideas para tratar en nuestro blog. En el día de hoy, vamos a hablar de uno de los temas que más nos consultan nuestros clientes extranjeros que viven en España o que se plantean hacerlo y eso no es otro que el canje de sus permisos de conducir.

Lo primero que debemos señalar en cuanto al canje del permiso de conducir es que, no siempre el mismo, va a poder ser cajeado, bien sea por el momento en el que se obtuvo, por el país que lo emitido, etc. Por un lado, es importante que sepáis que los ciudadanos de los países de la UE y de Islandia, Liechtenstein y Noruega, pueden usar el permiso de conducir expedido por dichos países dentro del territorio español, siendo dichos permisos completamente válidos. No obstante, resulta importante que os indiquemos que, si la intención del ciudadano es permanecer mucho tiempo en España, es recomendable proceder al canje.

En segundo lugar, debemos hablar de qué sucede con los permisos de conducir emitidos por terceros países. A este respecto, es importante que tengamos en cuenta que España tiene convenios con múltiples países para realizar los canjes de los permisos de conducir, y a tal efecto, existe un listado con los países con los que España permite realizar dicho trámite y que os dejaremos al final de este post.

Una vez sabemos si un determinado país está contemplado en esos convenios, debemos revisar si nuestro permiso es canjeable. Una cuestión fundamental que debéis tener en cuenta es que, no todos los permisos pueden ser cajeados a pesar de que exista un convenio entre los dos países implicados. Uno de los requisitos esenciales que nos permiten saber si el permiso es canjeable o no, es la fecha de obtención del mismo, es decir, que el ciudadano debe haber obtenido el permiso antes de ser residente en España.  Además, si se canjeó el permiso en otro país distinto a España y se trata de un país sin convenio, tampoco se permitirá el cambio en el territorio español.

En el caso en el que cumplamos con el requisito anterior, ya debemos pasar a la siguiente fase y es a la de conocer si para canjear el permiso es necesario realizar alguna prueba.

Por norma general, los permisos A1, A, B y EB no precisan de ninguna prueba y el canje se produce de forma automática, no obstante, existen excepciones, por lo que, siempre es conveniente, revisar los listados donde aparecen los requisitos específicos aplicables a cada país.

Para poder proceder al canje del permiso de conducir, el ciudadano deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser residente en España.

– Tu carnet de conducir debe estar vigente en el momento del canje.

– No puede estar suspendido, restringido o anulado.

– El permiso de conducir debe ser anterior a la residencia en España.

– No puedes disponer de otro permiso de igual clase que el solicitado en otro país de la UE o del Espacio Económico Europeo.

Para finalizar, en el caso en el que deseéis iniciar el canje de vuestro permiso de conducir, os recomendamos que acudáis a un profesional en la materia que os pueda asesorar sobre la mejor forma de realizar el trámite.

Enlaces de interés:

https://sede.dgt.gob.es/es/permisos-de-conducir/canje-permisos/paises-convenio-bilateral/index.shtml

Esto es todo por hoy, y recordad si tenéis alguna duda o queréis contactar con la firma, podéis hacerlo a través del formulario de contacto de nuestra web www.rmlegal.es, en el 974028876 y 687268965 y en el correo electrónico info@rmlegal.es 

¡Saludos!