Hola a tod@s!
Una semana más os traemos un nuevo post. En esta ocasión vamos a hablar sobre las compras navideñas y los derechos que tenemos como consumidores.
Llega la época de compras por excelencia, la navidad. Muchos ciudadanos adquieren en estas semanas, múltiples productos para regalar a su familia y amigos, a través de internet o en tiendas físicas, y por ello, hoy os vamos a hablar sobre los derechos que nos amparan como consumidores y a daros algunas recomendaciones.
Es importante que os indiquemos, en primer lugar, que este año se modificó el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, amparando en mayor grado a los consumidores, como os explicaremos a continuación.
Una cuestión esencial que debemos tener en cuenta como consumidores, es el lugar o medio a través del que realizamos nuestras compras puesto que, dependiendo de si lo hacemos en tienda física o a través de internet, nuestros derechos son diferentes. Siempre es muy importante, poder identificar al vendedor del producto que estamos adquiriendo, debido a que, si aparece alguna clase del problema, al vendedor será al que deberemos dirigir nuestra reclamación. Si efectuamos la compra a través de internet, resulta muy adecuado investigar al vendedor, observando, por ejemplo, las opiniones de otros compradores para evitar sufrir estafas en webs fraudulentas.
Otra de las cosas más importantes que debemos tener en cuenta es que, todos los productos están amparados por la normativa de garantías. La garantía de un producto supone que, si el mismo presenta fallos o no cumple con la información con la que se ofertaba, por diferentes motivos, el consumidor tiene derecho a que se le devuelva el dinero abonado en la compra o a que se le facilité otro producto en sustitución. Para poder aplicar la normativa de garantías a los productos que adquirimos, se deben cumplir una serie de requisitos que aparecen en el artículo 116 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y que podemos sintetizar en los siguientes:
– Ajustarse a la descripción, tipo de bien, cantidad y calidad y poseer la funcionalidad, compatibilidad, interoperabilidad y demás características que se establezcan en el contrato.
– Ser aptos para los fines específicos para los que el consumidor o usuario los necesite y que este haya puesto en conocimiento del empresario como muy tarde en el momento de la celebración del contrato, y respecto de los cuales el empresario haya expresado su aceptación.
– Ser entregados o suministrados junto con todos los accesorios, instrucciones, también en materia de instalación o integración, y asistencia al consumidor o usuario en caso de contenidos digitales según disponga el contrato.
– Ser suministrados con actualizaciones, en el caso de los bienes, o ser actualizados, en el caso de contenidos o servicios digitales, según se establezca en el contrato en ambos casos.
Para finalizar, nos gustaría también recomendaros que, implementéis todas las medidas de seguridad posibles en vuestros productos electrónicos cuando realicéis compras online. Es muy importante que, tengamos claves seguras en vuestras tarjetas bancarias, que nuestros terminales estén libres de virus y que nos aseguremos que se carga en nuestra tarjeta el importe indicado en la página web en el momento de hacer la compra.
Esto es todo por hoy, y recordad si tenéis alguna duda o queréis contactar con la firma, podéis hacerlo a través del formulario de contacto de nuestra web www.rmlegal.es, en el 974028876 y 687268965 y en el correo electrónico info@rmlegal.es
¡Saludos!