Hola a tod@s!

Una semana más os traemos un nuevo post. En esta ocasión vamos a explicar cuáles son los derechos de los consumidores ante la cancelación de un vuelo.

Ha llegado el verano y con él las ansiadas vacaciones, las cuales son aprovechadas por muchos para viajar. Para desplazarnos utilizamos diferentes medios de transporte, más uno de los más utilizados es el avión. Viajar por aire tiene muchas ventajas, pero también es cierto que con relativa frecuencia nuestros vuelos pueden verse afectados por retrasos e incluso cancelaciones, ante los cuales es importante saber cómo actuar y los derechos que nos asisten.

Si nos encontramos ante la cancelación de un vuelo, es importante que sepamos que lo primero que debe hacer la compañía aérea con la que hayamos contratado nuestro vuelo es ofrecernos un impreso en el que se recojan todos los derechos que nos asisten como pasajeros aéreos. Si los viajeros no reciben el impreso del que hablamos, pueden solicitarlo y la compañía aérea tiene la obligación de dispensarlo.

En estos impresos podremos observar que los pasajeros aéreos que sufren la cancelación de un vuelo, mientras esperan a que les reubiquen, tienen derecho a recibir las siguientes atenciones:

  • Comida y bebida.
  • Dos llamadas telefónicas o acceso a medios telemáticos.
  • Alojamiento en un hotel en el caso de tener que pernoctar en el lugar o a una estancia adicional a las que ya tuviera previstas el viajero.
  • Transporte gratuito entre el aeropuerto y el lugar del alojamiento.

En algunas ocasiones, las compañías aéreas no cumplen con las atenciones a las que vienen obligadas y, es por ello que, los pasajeros deben guardar todas las facturas o recibos que recojan los gastos en lo que tuvieran que incurrir para cubrir dichas atenciones, los cuales posteriormente podrán reclamar a la compañía aérea.

Una cuestión fundamental que deben tener en cuenta los pasajeros es que la compañía aérea debe ofrecerles las siguientes opciones sobre las que el viajero deberá elegir una de ellas:

  • Reembolso del coste del billete dentro de los 7 días siguientes.
  • Transporte alternativo a su destino final lo más rápidamente posible y en condiciones de transporte comprable.
  • Transporte alternativo en una fecha posterior que convenga al pasajero.
    Al igual que os indicábamos en el caso de las atenciones que debe dispensar la compañía aérea, si esta no ofrece al pasajero las opciones que os mencionamos, el mismo deberá comprar un nuevo vuelo que posteriormente podrá reclamar a la compañía.
    Uno de los derechos más conocidos para los pasajeros es el derecho de compensación, este consiste en que los viajeros tienen derecho a una compensación económica que oscila entre los 250 y los 600 euros que se calcularan teniendo en cuenta la distancia del vuelo, el ofrecimiento de un vuelo alternativo, etc.
    Es importante que tengamos en cuenta que el derecho de compensación no siempre opera, puesto que, las compañías no deberán abonar compensación alguna en los siguientes casos.
  • La compañía aérea ha informado de la cancelación 14 días antes del vuelo programado.
  • La compañía aérea ha informado de la cancelación entre dos semanas y 7 días antes del vuelo programado y ha ofrecido un transporte alternativo que sale con no más de 2 horas de antelación y llega al destino final con menos de 4 horas de retraso.
  • La compañía aérea ha informado de la cancelación con menos de 7 días de antelación y ha ofrecido un transporte alternativo que sale con no más de 1 horas de antelación y llega al destino final con menos de 2 horas de retraso.
  • La compañía aérea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias, demostrando haber hecho todo lo posible para evitar la cancelación.
    Como veis, muchos son los derechos que nos asisten como pasajeros aéreos y es por ello que, resulta fundamental informarnos correctamente antes de contratar un viaje para que de esa forma ante la ocurrencia de cualquier incidencia sepamos como actuar y cuáles son los derechos que nos asisten.

Esto es todo por hoy, y recordad si tenéis alguna duda o queréis contactar con la firma, podéis hacerlo a través del formulario de contacto de nuestra web www.rmlegal.es, en el 974028876 y 687268965 y en el correo electrónico info@rmlegal.es
¡Saludos!